Primera multa de la AEPD por dejar los paquetes a los vecinos
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) sanciona con 70.000 € a la empresa de paquetería UPS por entregar paquetes a otros vecinos sin el permiso del destinatario.
El expediente sancionador se inició a raíz de la denuncia de un usuario a la empresa a la que realizó la compra, en este caso MediaMarkt, quien según la AEPD, aunque tiene responsabilidad sobre lo ocurrido, no es el culpable.
Según la resolución de la AEPD, Mediamarkt debería haber excluido la posibilidad de la entrega a un vecino en el reparto, o lo que es lo mismo, MediaMarkt quien debe hablar con el cliente y solicitarle su consentimiento para que el paquete se entregue a un vecino y en tal caso comunicarlo a la empresa de mensajería, pero mientras esto no ocurra, la mensajería no puede actuar por iniciativa propia para tal fin.
El problema que ha motivado esta sanción por parte de la AEPD es que los datos personales del destinatario, que aparecen en la etiqueta del envío, acaban en manos de personas no autorizadas. La agencia de transporte no puede presuponer sin nuestro permiso si la persona a al que entrega el paquete es de nuestra confianza o no.
Según la AEPD, este tipo de acciones vulneran el articulo 32 del RGPD violando el principio de integridad y confidencialidad por no adoptarlas medidas necesarias para garantizar la protección de los datos personales de sus clientes.
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