Contrato para la formación en alternancia
Sustituyen a los anteriores Contratos para la Formación y Aprendizaje y están destinados a convertirse en una herramienta de empleabilidad y en un instrumento de estabilidad en el ámbito laboral.
Con motivo de la entrada en vigor del Real Decreto Ley 32/2021, el SEPE ha publicado una nota informativa que contiene las instrucciones para la tramitación del contrato de formación en alternancia relativas a:
1.- Supresión de la autorización previa de la actividad formativa al inicio del contrato
2.- Necesidad de elaboración del Plan Formativo Individual
3.- Modelo y Duración del Contrato
4.- Tipo de Jornadas
5.- Convenio de Colaboración
6.- Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
El contrato de formación en alternancia es la mejor alternativa al contrato temporal y el contrato laboral que más ventajas aporta a la empresa en 2022. La duración del contrato puede ser desde 3 meses hasta 2 años y aplicar una bonificación del 100% en los seguros sociales durante toda su vigencia.