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sancion por exponer datos de un denunciante por acoso

¿TE SUENA 'ANONIMATO'? A UNA FUNERARIA LE HA COSTADO 200.000€ OLVIDARLO

Que te denuncien por acoso laboral ya es un tema serio. Pero cuando además expones a quien ha tenido el valor de denunciar, estás poniendo en riesgo la seguridad, la dignidad y los derechos de esa persona, por lo que estás abriendo la puerta a una multa enorme.

Y eso no se arregla solo con dinero: la multa sí, pero el daño no.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) acaba de sancionar con 200.000 euros a una funeraria por vulnerar el derecho al anonimato de un trabajador que denunció acoso laboral a través del canal interno de la empresa.

¿Qué pasó exactamente?

La empresa, Servicios Especiales, S.A., recibió una denuncia interna de un empleado. Pero en vez de proteger su identidad, como exige la ley, permitió que se revelara quién había presentado la denuncia.

El resultado: una sanción de 200.000 euros por parte de la AEPD. Un recordatorio de que la protección del anonimato no es un detalle técnico, es una obligación legal y ética.

¿Qué dice la normativa?

  • La Ley 2/2023 de protección al denunciante exige canales de comunicación internos confidenciales, seguros y, si el denunciante lo desea, anónimos.
  • El RGPD y la LOPDGDD consideran la identidad del denunciante un dato sensible que debe protegerse especialmente.

No basta con tener un buzón o un formulario. Si tu canal no protege al denunciante, lo que tienes es un problema. Y gordo.

¿Te puede pasar a ti? Sí, si…

  • Tu canal de denuncias no garantiza la confidencialidad o el anonimato.
  • Cualquier persona en la empresa puede acceder a la información sin controles.
  • No tienes un sistema imparcial o externo para gestionar las denuncias.
  • No has formado a tus responsables en cómo actuar ante una denuncia.

¿Qué hacemos en DAXIA para que esto no te pase?

¿Vas a esperar a que te multen?

Proteger a quien se atreve a denunciar es proteger tu ética, tu equipo y tu reputación. No se trata solo de evitar sanciones. Se trata de hacer lo correcto.

Para más detalles sobre la resolución de la AEPD, puedes descargar el PDF oficial aquí.

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