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Internet y el derecho al olvido

Internet y el derecho al olvido

"Mis datos son míos" o eso es lo que piensa un gran número de usuarios que día a día quieren eliminar sus rastro de Internet y ejercer su derecho al olvido.

Este podría definirse como el derecho que tiene un ciudadano a borrar, bloquear o suprimir información obsoleta  sobre su persona.

La AEPD en su nota informativa sobre el ejercicio de "derecho al olvido" nos habla  sobre la Sentencia del Tribunal Supremo ante la forma en la que los ciudadanos pueden ejercerlo frente a Google y deja constancia de que la eliminación de enlaces en los buscadores, en virtud de nuestro derecho, es un tema que debe analizarse caso a caso.

Es importante saber que sólo se aplica a los buscadores de Internet y no a cualquier página web.

Y lo más importante de todo, Google o cualquier otro buscador no aplicarán el Derecho al Olvido si:

  • La información es exacta
  • Esta no es obsoleta.
  • O tiene relevancia pública o se trata de un personaje público que despierta interés informativo.

Pero si ejerzo mi derecho, ¿también me limito para recibir información?

La agencia Española de protección de datos nos responde: "No. En el caso de los buscadores, la sentencia señala que es necesario realizar una ponderación caso por caso para alcanzar un equilibrio entre los diferentes derechos e intereses. Dado que es imprescindible valorar las circunstancias de cada solicitud y que se debe tener en cuenta sistemáticamente el interés de los usuarios en acceder a una información; aquellas que resulten de interés para el público, por su naturaleza o por afectar a una figura pública, no serán aceptadas."

¿Como puedo ejercer mi "derecho al olvido"?

Los usuarios pueden dirigirse a Google a través del formulario que la compañía tiene habilitado. Si la respuesta  fuera negativa o no estuviera conforme con la dada, podrá solicitar la Tutela de la Agencia.

Los ciudadanos afectados directamente por la anulación de las sentencias pueden garantizar su derecho del siguiente modo:

  • Comprobar si Google ha vuelto a indexar los enlaces. En caso afirmativo podrá solicitar el ejercicio de su 'derecho al olvido' a través del formulario anteriormente mencionado.
  • Si la entidad no responde a la petición realizada o el ciudadano considera que la respuesta que recibe no es la adecuada, puede seguir solicitando la tutela de la Agencia Española de Protección de Datos frente a Google.

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